Ciencia y tecnología
Independientes en su calidad de agente económico preponderante en el sector de radiodifusión

El pleno del IFT emite la resolución sobre la revisión bienal de las medidas impuestas a grupo televisa y afiliadas

Las obligaciones buscan garantizar la competencia y libre concurrencia en el sector de radiodifusión y, en consecuencia, beneficiar a los usuarios finales de este servicio.
Torre de telecomunicaciones con transmisores 4G, 5G Archivo
01-05-2024
  • Entre las modificaciones realizadas destacan las referentes a las medidas de compartición de infraestructura, contenidos audiovisuales relevantes, oferta de canales de programación para terceros, ventas de espacios publicitarios y entrega de información al Instituto. 
  • Para la revisión de las medidas de preponderancia impuestas, el IFT realizó una consulta pública, así como diversos análisis económicos, técnicos y jurídicos con la finalidad de fortalecer en todos sus ámbitos dichas obligaciones. 

MÉXICO.- El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) aprobó en su X Sesión Ordinaria la Resolución  mediante la cual suprime, modifica y adiciona las medidas impuestas al Agente Económico Preponderante en el  sector de radiodifusión mediante los Acuerdos P/IFT/EXT/060314/77 y P/IFT/EXT/270217/120, misma que es  resultado de la evaluación del impacto de la regulación asimétrica a la que está sujeto en términos de  competencia económica. 

Los cambios más importantes a la regulación asimétrica son: 

  • Unificación del marco regulatorio vigente aplicable a Grupo Televisa y las Afiliadas Independientes. 
  • Obligaciones relacionadas con el servicio de compartición de infraestructura: Buscan eficientar y promover el servicio de compartición de infraestructura a través de la Oferta Pública de Infraestructura (OPI). 
  • Obligaciones relacionadas con Contenidos: Buscan evitar que el AEPR adquiera directa o indirectamente en exclusiva Contenidos Audiovisuales Relevantes (CARs), o que realice conductas que afecten el desarrollo y la competencia del sector. Además, se incluye la posibilidad de que multiprogramadores puedan adquirir CARs, sin ser concesionarios. Asimismo, se realizaron ajustes a la medida referente a la Oferta de canales de programación, con el fin de dar mayor claridad a las obligaciones impuestas.
  • Obligaciones relacionadas con la venta de espacios publicitarios: Se robustecen las obligaciones de  transparencia para evitar posibles afectaciones a las condiciones de competencia y libre concurrencia  en el sector de radiodifusión respecto a los interesados en adquirir este servicio.
  • Obligaciones relacionadas con la entrega de información al Instituto: Se ajustan las características y  plazos de la entrega de información al Instituto en aras de vigilar la no discriminación en la provisión de  los servicios mayoristas regulados.
  • Obligaciones relacionadas con la Implementación del Sistema Electrónico de Gestión (SEG): Se  implementa el SEG con la finalidad de eficientar el proceso de solicitud de compartición de  infraestructura y se establece como el medio para presentar información de la infraestructura del  AEPR.

Para la revisión de las medidas de preponderancia impuestas al AEPR, el IFT realizó una consulta pública, así como diversos análisis económicos, técnicos y jurídicos con la finalidad de fortalecer en todos sus ámbitos dichas obligaciones. 

De esta forma, el IFT seguirá impulsando condiciones de competencia efectiva en los mercados, promoviendo el acceso universal a los servicios de las telecomunicaciones y radiodifusión en condiciones de calidad, mayor oferta y con precios competitivos. 
 

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