Revocación de mandato en Baja California no podrá aplicarse a corto plazo por falta de ley reglamentaria: IEEBC
TIJUANA.- La figura de revocación de mandato en Baja California, aunque ya integrada en la Constitución local, no podrá aplicarse en el corto plazo.
La razón principal es la ausencia de una Ley Reglamentaria que establezca el procedimiento para llevarla a cabo.
De acuerdo con Luis Alberto Hernández Morales, Consejero Presidente del Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC), la aplicación efectiva de este mecanismo dependerá totalmente de que el Congreso del Estado emita dicha ley, algo que aún no sucede.
Explicó que el instituto únicamente puede generar lineamientos generales cuando el Legislativo no actúa, pero en este caso la normatividad específica es indispensable.
Además, el IEEBC solo puede actuar dentro de los 90 días previos al inicio del proceso electoral, periodo en el que no puede emitir nuevas disposiciones.
Precisó que, por diseño constitucional, la autoridad administrativa electoral no crea leyes, sino que aplica las reglas que determinan los legisladores.
Mientras no exista la reglamentación correspondiente, el mecanismo seguirá sin poder ejecutarse.
Por esta razón, estimó que la primera oportunidad real para aplicar la revocación de mandato sería en 2033, durante la siguiente gubernatura, una vez que el Congreso cumpla con su responsabilidad normativa.
Reiteró que el tema recae exclusivamente en el Congreso del Estado, al ser la instancia encargada de expedir la ley que permita operarlo.
Hasta entonces, la figura permanecerá en pausa pese a haber sido incorporada ya en la Constitución local.