Sociedad

Reforma a la Ley de Aguas cierra mercados opacos, revela reporte del Foro Permanente de Aguas Binacionales

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Redacción 18-12-2025


- La síntesis del PFBW refleja cómo la nueva Ley de Aguas Nacionales establece reglas para la transmisión de derechos de agua, aclara que no se trata de nuevas concesiones y coloca a CONAGUA como única autoridad competente.

TIJUANA.- La reforma a la Ley de Aguas Nacionales aprobada en diciembre de 2025 redefine el régimen jurídico de los derechos de agua en México, al sustituir prácticas informales y mercados opacos por un sistema administrativo verificable en el que toda transmisión de derechos solo tiene validez jurídica cuando es autorizada y registrada por la Comisión Nacional del Agua, de acuerdo con una síntesis elaborada por el Foro Permanente de Aguas Binacionales (PFBW).

Rosario Sánchez, directora del PFBW, explicó que uno de los cambios más relevantes es que la reforma no reconoce la venta del agua como un contrato privado, elimina la informalidad o libertad que durante años permitió cesiones y transmisiones de derechos. En su lugar, la ley regula la transmisión formal del título de concesión, estableciendo con claridad las vías legítimas para hacerlo y los requisitos que deben cumplirse.

"La ley no legaliza la venta del agua, pero sí pone fin a la ambigüedad que permitió mercados paralelos; ahora toda transmisión debe pasar por un procedimiento administrativo autorizado únicamente por la Conagua y de acuerdo a sus nuevos lineamientos de disponibilidad y, prioridad", señaló Sánchez.


La directora detalló que la nueva Ley de Aguas Nacionales establece que una transmisión legítima no constituye un nuevo otorgamiento de derechos, sino únicamente la actualización del titular en el mismo título, conservando el volumen, el uso, la zona de extracción y la vigencia original, siempre que se acredite la legalidad del acto, la continuidad del uso autorizado y la inexistencia de afectaciones a terceros.

Otro elemento clave es que la reforma concentra en CONAGUA la facultad exclusiva de autorizar, modificar y registrar transmisiones, concesiones y prórrogas, eliminando la intervención de instancias regionales que operaban con criterios distintos.

Sánchez señaló que este nuevo esquema se complementa con revisiones periódicas de disponibilidad de cuencas y acuíferos basadas en información hidrológica actualizada ahora cada 2 años, lo que debe vincular las decisiones sobre derechos de agua con criterios de sostenibilidad y control público.

El documento del PFBW fue elaborado exclusivamente con base en el dictamen oficial aprobado por la Cámara de Diputados y tiene como objetivo ofrecer una explicación clara y accesible de cómo la reforma transforma las reglas del juego en materia de derechos de agua, sin promover ni descalificar posturas políticas o sectoriales.

La síntesis completa puede consultarse y descargarse de forma gratuita en el sitio web del Foro Permanente de Aguas Binacionales:
https://www.binationalwaters.org/es/ley-de-aguas-nacionales/