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Fecha límite para cumplir con reparto de utilidades es 31 de mayo, reitera Colegio de Contadores Públicos de Baja California

Hay casos también en los que alguna empresa que no generó utilidades, opta por otorgar una compensación voluntaria.
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Octavio Fabela 27-05-2025

TIJUANA.- Las empresas que generaron utilidades durante el ejercicio fiscal del año 2024, tienen como fecha límite el 31 de mayo para cumplir con el reparto correspondiente entre sus trabajadores.

De acuerdo con Sergio Octavio Vázquez Núñez, Presidente del Colegio de Contadores Públicos de Baja California el porcentaje que debe repartirse es del 10% de las ganancias netas del año anterior.

Detalló que la distribución de las utilidades se realiza considerando dos factores: el primero es el salario percibido por cada empleado y su antigüedad en la empresa.

Abundó que, aunque existen algunas empresas que deciden adelantar el reparto, la práctica común es la de cumplir con esa obligación durante el mes de mayo, muchas veces hasta el último día y que en caso de que no se entregue, hay sanciones.

"Si la empresa no tuvo utilidades, entonces no tiene la obligación de repartirlas. Sin embargo, hay algunas empresas que hacen un esfuerzo y otorgan una retribución a los trabajadores, pero eso es completamente discrecional.", agregó el Presidente del Colegio de Contadores Públicos de Baja California. 

Refirió que, hay casos también en los que alguna empresa que no generó utilidades, opta por otorgar una compensación voluntaria.

"Es importante entender que, si la empresa tuvo utilidades, no es una cuestión de voluntad: es una obligación legal repartir ese 10%. Y, en caso de incumplimiento, existen sanciones por parte de la Secretaría del Trabajo para las empresas que no cumplan.", explicó el Presidente del Colegio de Contadores Públicos de Baja California.