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Registro biométrico obligatorio, la nueva amenaza silenciosa a los derechos constitucionales en México: experto

Especialistas advierten que condicionar la telefonía móvil a la entrega de datos biométricos revive un modelo ya declarado inconstitucional

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por Redacción

13/01/2026 08:39 / Uniradio Informa Baja California / Sociedad / Actualizado al 13/01/2026

TIJUANA.- La obligación impuesta a los usuarios de telefonía móvil en México para registrar su CURP (ahora vinculada a datos biométricos) como requisito para conservar una línea activa ha encendido alertas en la comunidad jurídica. Lejos de representar un avance en materia de seguridad pública, esta medida es vista como una regresión constitucional que coloca en riesgo derechos fundamentales y revive un esquema que la Suprema Corte de Justicia de la Nación ya había invalidado en el pasado.

Y es que el nuevo padrón —de carácter obligatorio— recuerda inevitablemente al Registro Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (RENAUT), declarado inconstitucional por vulnerar el derecho a la privacidad y a la protección de datos personales. Sin embargo, la versión actual no solo replica los errores del pasado, sino que los profundiza, al incorporar información biométrica, uno de los datos más sensibles e irreversibles que existen.

"El problema no es solo jurídico, es estructural", advierte el Dr. Leonardo Abarca Jiménez, Socio Director de Grupo UNO Abogados, quien señala que "cuando el Estado obliga a toda la población a entregar su identidad biométrica para ejercer un servicio esencial, deja de investigar delitos y comienza a vigilar personas".

La justificación oficial que la medida descansa en un argumento recurrente: combatir delitos como la extorsión o el secuestro. No obstante, desde una perspectiva constitucional, la seguridad pública no puede construirse a costa de los derechos humanos.

En este sentido el especialista agregó que no existe evidencia sólida que demuestre que los registros biométricos masivos reduzcan la criminalidad. Además, el Estado ya cuenta con herramientas legales de intervención de comunicaciones y geolocalización, sujetas a control judicial (y algunas otras, inclusive en control judicial) y dirigidas a personas específicas.

"Aquí se invierte la lógica del Estado de derecho: ya no se investiga al sospechoso, se trata a toda la población como potencial delincuente", subrayó Abarca Jiménez.

Uno de los puntos más delicados del nuevo esquema es la naturaleza de la información recolectada. A diferencia del RENAUT, que exigía datos personales, el padrón actual incorpora biometría: huellas, reconocimiento facial o iris, vinculados a la CURP.

La diferencia es crucial. Mientras una contraseña puede cambiarse, la biometría es permanente. Una filtración de este tipo de datos implica un daño irreversible a la identidad de las personas.

Además no hay claridad sobre quién accederá a la información, con qué fines, bajo qué controles ni por cuánto tiempo. Tampoco existe un consentimiento libre, pues la entrega de datos se impone bajo la amenaza de perder un servicio que hoy es indispensable para trabajar, estudiar, comunicarse y ejercer otros derechos.

"Cuando el acceso a la telefonía se condiciona a entregar biometría, estamos frente a una forma de coerción estatal incompatible con una democracia constitucional", Agregó el especialista.

Más allá de lo técnico, el fondo del debate es político y democrático. La telefonía móvil es hoy una extensión de la vida privada y pública: a través de ella se ejerce la libertad de expresión, el derecho de defensa, la actividad periodística y la participación política.

Crear una infraestructura de registro biométrico masivo implica sentar las bases de un modelo de vigilancia preventiva, que históricamente tiende a expandirse en otros usos y finalidades.

"Hoy se justifica por seguridad; mañana puede usarse para control fiscal, migratorio o incluso político. La historia demuestra que estas herramientas nunca se quedan donde comenzaron", advierte Abarca Jiménez.