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CAMBIO DE RITMO

La Ley de Amparo y el cerrojo invisible de la justicia

Se trata del medio extraordinario de defensa que toda persona en México tiene frente a actos de la autoridad que violen sus derechos humanos.

Isidro Aguado Santacruz
Isidro Aguado Santacruz Archivo

por Isidro Aguado Santacruz

23/09/2025 14:10 / Uniradio Informa Baja California / Columnas / Actualizado al 23/09/2025

_"El amparo es el baluarte de los derechos humanos frente a los abusos del poder."
Poco citada en medios, pero con enorme fuerza jurídica y nacional._
_Ignacio L. Vallarta

Por Isidro Aguado Santacruz

Imagine, lector@, que un día despierta con la noticia de que el parque de su colonia, ese donde los niños juegan y las familias se encuentran, será destruido para dar paso a un estacionamiento. Usted no es dueño del terreno, no tiene escrituras que lo acrediten, pero sabe que esa pérdida lo afecta: en su aire, en su salud, en su vida cotidiana. Hasta hace algunos años, la justicia le habría dado la espalda, exigiéndole probar un daño directo y patrimonial. Fue hasta 2011, con la reforma constitucional que introdujo el interés legítimo, cuando esa puerta se abrió: ya no sólo los propietarios, sino también los ciudadanos y colectivos pudieron defenderse.

Ese acceso tiene un nombre: la Ley de Amparo. Se trata del medio extraordinario de defensa que toda persona en México tiene frente a actos de la autoridad que violen sus derechos humanos. Es extraordinario porque no sustituye a los recursos ordinarios, sino que se activa cuando éstos resultan insuficientes o cuando la vulneración proviene directamente de una ley, un decreto o un acto del poder público. Es, en otras palabras, el escudo ciudadano frente a la arbitrariedad, el mecanismo que convierte a la Constitución en defensa viva.

El amparo nació en México, y eso es motivo de orgullo. Su origen se remonta a 1841, en Yucatán, cuando Manuel Crescencio Rejón diseñó un recurso para proteger a los ciudadanos contra actos del gobierno local. Años después, en 1847, Mariano Otero lo incorporó al Acta de Reformas con la idea de que ningún poder estuviera por encima de la Constitución. Desde entonces, el amparo se volvió un legado jurídico mexicano al mundo, un mecanismo que después inspiraría acciones semejantes en Argentina, Colombia y otros países de América Latina. México fue pionero: en vez de esperar a que el Estado reconociera los límites de su poder, diseñó un recurso para que el ciudadano se los recordara.

En más de un siglo y medio, el amparo ha sido decisivo en momentos clave de nuestra historia. En los años setenta, comunidades campesinas lo usaron para frenar expropiaciones abusivas. En los noventa, periodistas lo invocaron para proteger la libertad de expresión frente a intentos de censura. En 2010, colectivos ambientales detuvieron la devastación del Malecón Tajamar en Cancún, salvando cientos de hectáreas de manglar. En 2014, los habitantes de Temacapulín, Jalisco, se ampararon contra la presa El Zapotillo que pretendía inundar su pueblo, convirtiéndose en símbolo de resistencia. En 2018, mujeres obtuvieron amparos en Veracruz y Coahuila que obligaron a modificar leyes discriminatorias sobre derechos sexuales y reproductivos. En 2021, comunidades mayas promovieron amparos contra la tala masiva por el Tren Maya, y en 2023, la Suprema Corte reconoció, gracias a amparos colectivos, derechos de pueblos indígenas y afromexicanos que habían sido históricamente marginados. Cada uno de estos casos muestra que el amparo no es un artificio técnico: es la llave que convierte en realidad lo que la Constitución promete en el papel.

Por eso, cada reforma a este instrumento debe analizarse con rigor. La iniciativa presentada el 15 de septiembre se anuncia como modernizadora: expediente digital obligatorio, notificaciones electrónicas, plazos máximos para dictar sentencias, candados contra el uso abusivo del amparo en materia fiscal. Todo ello suena bien. Son avances técnicos, y no es menor que los procesos judiciales se adapten a la era digital. Si se acompañan de presupuesto y capacitación, podrían reducir rezagos históricos. Eso es lo positivo.

Pero aquí terminan las bondades. Lo demás es un retroceso profundo. La iniciativa restringe el interés legítimo al exigir que la persona quejosa demuestre una lesión jurídica "real, actual y diferenciada" y que el beneficio de la sentencia sea "cierto y directo". En apariencia es una exigencia de certeza, pero en realidad significa cerrar la puerta a colectivos, comunidades y organizaciones sociales. Es volver al modelo anterior a 2011: el amparo sólo para quien acredite un daño personal inmediato. Esto contradice la Constitución misma, que en su artículo 103 reconoce que toda persona puede acudir al amparo por violaciones a derechos humanos; que en el artículo 107 introdujo expresamente el interés legítimo; y que en el artículo 1° prohíbe todo retroceso en la protección de derechos.

El segundo retroceso está en la suspensión del acto reclamado, la medida cautelar que detiene un acto mientras se resuelve el fondo. Sin suspensión, el amparo es inútil: de nada sirve que un juez declare
inconstitucional la demolición de un hospital si ya fue derribado. La iniciativa condiciona la suspensión a fórmulas vagas como "daño significativo a la colectividad" o "beneficios ordinarios de la sociedad". Conceptos indeterminados que, en un Poder Judicial con jueces recién electos y con poca experiencia, pueden derivar en negativas sistemáticas. La suspensión, que es el corazón del amparo, corre el riesgo de vaciarse.

El tercer retroceso es la eliminación de la responsabilidad personal de los funcionarios que incumplen sentencias. Hoy, el funcionario que desacata un amparo puede ser sancionado directamente. Ese riesgo es lo que lo obliga a obedecer. La reforma traslada esas sanciones al erario: será la sociedad, con sus impuestos, quien pague la desobediencia, mientras el funcionario queda impune. Se legaliza la irresponsabilidad y se normaliza el desacato.

Algunos defienden la iniciativa diciendo que lo bueno y lo malo se equilibran: digitalización a cambio de restricciones. Pero no se engañe: lo bueno es técnico y procesal; lo malo es estructural y sustantivo. Lo bueno acelera plazos, lo malo cierra puertas. Lo bueno digitaliza expedientes, lo malo reduce la capacidad ciudadana para frenar abusos del poder. Y cuando se trata de derechos humanos, lo negativo pesa infinitamente más que cualquier promesa de eficiencia administrativa.

El contexto político agrava la preocupación. La reforma llega justo después de que se instauró la elección popular de jueces y magistrados, un cambio que muchos ven como debilitamiento del control judicial. En ese escenario, restringir el amparo no es neutral: es parte de un rediseño en el que el Poder Judicial se vuelve más vulnerable y la ciudadanía queda con menos defensas frente a mayorías políticas.

El impacto no es sólo en los derechos colectivos, sino también en la economía. La certeza jurídica es uno de los factores que atraen inversión. Cuando se reduce el acceso al amparo y se permite la desobediencia de sentencias sin consecuencias, la seguridad jurídica se erosiona. Ningún inversionista serio quiere colocar capital en un país donde las reglas pueden cambiar sin control y donde los tribunales no pueden frenar los excesos del poder. Un amparo débil no sólo afecta a activistas: afecta a la estabilidad económica de todos.

En contraste, otros países han ampliado sus mecanismos. En Argentina, el amparo colectivo se ha usado para proteger el medio ambiente y los derechos sociales. En Colombia, la acción de tutela permite que cualquier persona reclame ante jueces violaciones a derechos fundamentales, incluso con efectos colectivos. Mientras allá se expande, en México —el país que inventó el amparo— corremos el riesgo de achicarlo. Es una paradoja amarga: lo que nació aquí como legado al mundo puede terminar reducido en su propio país.

Aclaro que no soy especialista en amparo, y justamente por eso me extiendo. Porque este debate no debe quedar atrapado en manuales jurídicos. Lo que está en juego no es un tecnicismo: es la vida de millones. El amparo es lo que garantiza que a usted no lo detengan arbitrariamente, que no le nieguen un medicamento, que no destruyan el río de su comunidad, que no se le imponga una ley injusta sin posibilidad de defensa.

Si el amparo es la llave que abre la justicia, esta reforma amenaza con desgastarla hasta que deje de girar en la cerradura. Y cuando la llave ya no abre, el cerrojo deja de proteger. La puerta puede lucir intacta, pero en realidad quedará abierta de par en par al abuso. Esa es la verdadera naturaleza de esta reforma: lo positivo es un barniz de modernidad; lo negativo es un retroceso profundo en la defensa de los derechos. Y cuando se trata de derechos, no hay equilibrio posible: lo que se pierde pesa más que todo lo que se gana.

Adaptarse al compás de la vida no es tarea sencilla; en Cambio de ritmo, intento no perder el paso. Que tengan un excelente inicio de semana lector@s.

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