por El Colef
24/02/2026 18:04 / Uniradio Informa Baja California / Columnas / Actualizado al 24/02/2026
Víctor Alejandro Espinoza
Hay al menos tres posiciones respecto a la anunciada reforma electoral. Por un lado, quienes se oponen bajo el argumento de que si las elecciones han sido bien organizadas por el órgano electoral, no tiene sentido un cambio en las reglas. Hay una segunda posición que plantea que sí debe haber cambios, pero no radicales, de alguna manera solo de apariencia. Y una tercera posición establece que debe ser una reforma radical que termine con los gastos excesivos en la organización de las elecciones, en el derroche de los institutos (nacional y estatales), en el dinero que se les otorga en prerrogativas a los partidos políticos y en la existencia de las posiciones plurinominales.
Desde hace tiempo he postulado que la reforma electoral es necesaria. No solo por lo descrito anteriormente, sino porque se deben revisar las funciones del Instituto Nacional Electoral, que es un órgano sobrecargado de funciones y que, en virtud de ello, hace muy oneroso su funcionamiento. Señalo solo un ejemplo, porque mi interés es detenerme en otro aspecto central de la reforma. Las atribuciones de fiscalización deberían pasar al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF). Finalmente, todas las querellas y controversias se dirimen en este último tribunal.
Uno de los aspectos que es necesario modificar es la forma como se integran tanto el Consejo General del INE, como los llamados Organismos Públicos Locales Electorales (Oples), es decir, los institutos electorales de las entidades. Ha sido histórica la discusión sobre si los consejeros electorales representan a la ciudadanía o a los partidos políticos que los designaron vía Cámara de Diputados federal o congresos locales.
Hoy, después de muchas presiones se logró que los diputados en votación de dos terceras partes los designen. Si no hay acuerdo se procede a utilizar el método del sorteo. Y si en este no se puede llevar a cabo la insaculación, interviene la Suprema Corte de Justicia de la Nación y lleva a cabo el sorteo. Soy de la idea de que siempre debería utilizarse el sorteo para designar a los consejeros. Eso ayuda a legitimar al máximo órgano electoral, evitando las cuotas partidistas y la etiqueta que siempre tiene el cuerpo colegiado. Se puede integrar la lista de personas que se incluirán en el sorteo a partir de una convocatoria pública nacional y aquellos que reúnan los requisitos y sean evaluados por una comisión técnica de la Cámara de Diputados pasen al sorteo. Es decir, todos los seleccionados tienen que pasar una evaluación rigurosa profesional y técnica.
En el caso de los consejeros de los órganos locales, la reforma electoral de 2014 traslado esa facultad al Consejo General del INE. Eran mucho los cuestionamientos acerca de que en realidad los consejeros eran designados por el gobernador en turno. Con el traslado de dichas facultades, sin embargo, las dudas acerca de la designación de ciertos personajes alineados a partidos políticos o de bajos perfiles, persisten. En algunas ocasiones la falta de transparencia en los procesos de evaluación ha sido poco transparente, por decirlo de laguna manera.
Considero que en este caso también se ganaría en legitimidad en la integración de los consejos generales locales. La Cámara de Diputados podría reproducir el método del sorteo para evitar que los partidos políticos vuelvan a definir las consejerías o los gobernadores(as) en turno. El sorteo es un proceso aleatorio que cada vez se acepta más en las democracias consolidadas, sobre todo a la hora de definir candidaturas a cargos de elección popular.
Veremos que se propone en el proyecto de reforma electoral y que se aprueba. Algunos partidos y representantes siguen añorando influir en la organización electoral. Creo que este es tan solo una dimensión de la reforma electoral impostergable. Sin embargo, hay muchos intereses en juego. Estamos muy cerca de conocer los cambios (y continuidades) en materia electoral.